Presupuesto Participativo Acciones Sociales

Presupuesto Participativo Acciones Sociales

CONVOCATORIA

El Consejo de Participación Ciudadana del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, en cumplimiento a los acuerdos tomados en la Sesión Ordinaria del día treinta del mes de octubre del 2019, y conforme a lo estipulado en el Reglamento de Participación Ciudadana para la Gobernanza del Municipio de Tlajomulco de Zuñiga, Jalisco, convoca a los Consejo Sociales, así como a los vecinos organizados y con previo registro en el municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, a participar en el mecanismo denominado Presupuesto Participativo, mediante la presentación de propuestas de acciones y proyectos sociales a ejecutarse en 2020. La convocatoria se sujeta a las siguientes:

Bases:

1.0 -  Los Consejos Sociales, así como los vecinos organizados y registrados en el Municipio, podrán presentar sus propuestas de acciones y/o proyectos sociales a ejecutarse durante el año 2020, desde la emisión de la Convocatoria hasta el día de finalización de la misma.

2.0 - Las propuestas deberán:

2.1 - Beneficiar al mayor número de habitantes posible de la delimitación territorial a aplicar, señalando su número aproximado de posibles beneficiados.

2.2 - Ser acciones o proyectos viables de realizar a corto plazo.

2.3 - Exponer la necesidad de la ejecución de la acción social.

2.4 -  Definir a grandes rasgos la obra o acción a ejecutar.
 

Vigencia y difusión:

La presente convocatoria entrará en vigor al momento de su emisión y hasta el 16 de diciembre de 2019.

La Convocatoria se publicará en:

Los estrados del Centro Administrativo de Tlajomulco (CAT)

Las oficinas de la Dirección de Agencias y Delegaciones

Las oficinas de la Dirección de Participación Ciudadana

El portal de internet del Gobierno Municipal

En las redes sociales del Gobierno.

Procedimiento:

1 - El presupuesto participativo es el mecanismo de gestión y de participación ciudadana directa, mediante el cual se plantean y eligen las acciones sociales y proyectos a ejecutarse en un ejercicio fiscal, de entre un listado de propuestas y necesidades de las colonias, barrios, poblacionales, fraccionamientos, condominios, delimitaciones territoriales o zonas del territorio municipal, a efecto de determinar la priorización de la ciudadanía en relación de las mismas y su forma de financiamiento.

2 - Cualquier Organismo Social dentro del Municipio podrá presentar, ante la Secretaría Técnica del Consejo Municipal de Participación Ciudadana (por conducto de los Coordinadores Sociales, Agentes y Delegados Municipales de la Coordinación General de Participación Ciudadana y Construcción de Comunidad), la propuesta de acción y/o proyecto social.

3 - Las propuestas sólo podrán presentarse en el formato establecido por el Consejo Municipal de Participación Ciudadana.

4 - El Secretario Técnico del Consejo Municipal de Participación Ciudadana, por conducto de los Coordinadores Sociales, Agentes y Delegados Municipales de la Coordinación General de Participación Ciudadana y Construcción de Comunidad, será el responsable de recibir las propuestas y la documentación referida.

5 - Las propuestas ciudadanas deberán de presentarse por escrito en el formato aprobado y deberá contener lo siguiente:

Nombre del organismo social; domicilio y firma de sus integrantes.

​6 - Con la propuesta se deberá acompañar sin excepción los siguientes documentos:

Formato de propuesta debidamente llenado;

Copia de la credencial para votar vigente de quienes integren la propuesta.

Comprobante de domicilio.

7 - El Secretario Técnico del Consejo Municipal remitirá al mismo el total de las propuestas recibidas para su calificación y selección.

8 - Cualquier propuesta o documentación presentada fuera de los plazos previamente establecidos en la presente convocatoria, será desechada, por tanto, la propuesta no participará en el presente ejercicio.

Calificación y selección:

Único - El Consejo Municipal de Participación Ciudadana en sesión ordinaria, seleccionará las acciones y proyectos sociales propuestos por los ciudadanos a ejecutarse en el año 2020, la elección será con base en su viabilidad, población beneficiada y los recursos económicos disponibles.

Fundamentos:

Son aplicables al presente procedimiento lo previsto por los artículos: 185, 186, 188, 189, 191, 192, 193, 194, 198, 199 y las fracciones VI, VII, VIII, XI, y XIII del artículo 375 así como los demás relativos y aplicables del Reglamento de Participación Ciudadana para la Gobernanza del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.

Lo no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Consejo Municipal de Participación Ciudadana de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.

JUAN MARCOS SÁNCHEZ NAVA.

CONSEJERO PRESIDENTE.

MARÍA VELIA REYES LÓPEZ.

CONSEJERO VOCAL.

ANA LUCIA GÓMEZ GONZÁLEZ.

CONSEJERO VOCAL.

LUIS FERNANDO OROPEZA SERNA.

CONSEJERO VOCAL.

ANETTE MARIE ÁLVAREZ MENDOZA. CONSEJERO VOCAL.

LUIS ALFONSO PEÑA RAMÍREZ.  
 CONSEJERO VOCAL.

RODOLFO ROSALES MACHAIN.
CONSEJERO VOCAL

RODOLFO FLORES GONZÁLEZ.

SECRETARIO TÉCNICO.

 

 Descarga el documento aquí : Acciones Sociales - Gobierno de Tlajomulco 

 

 
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