Convocatoria Periodo 2022 - 2024 Integración del Consejo Ciudadano Metropolitano

Convocatoria Periodo 2022 - 2024 Integración del Consejo Ciudadano Metropolitano

 

CONVOCATORIA PÚBLICA Y ABIERTA PARA ELEGIR A UNA CONCEJERA CIUDADANA TITULAR, UNA CONCEJERA CIUDADANA SUPLENTE, UN CONCEJERO CIUDADANO TITULAR Y UN CONCEJERO CIUDADANO SUPLENTE, PARA REPRESENTAR AL MUNICIPIO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO, ANTE EL CONSEJO CIUDADANO METROPOLITANO.
 
         Con fundamento en el artículo 81 Bis, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 26, numeral 1, fracción III, 28, numeral 1, fracción V y 32 de la Ley de Coordinación Metropolitana del Estado de Jalisco; artículos 8, fracción III, 80, 81, 82, 85 y 86 del Estatuto Orgánico de las Instancias de Coordinación Metropolitana del Área Metropolitana de Guadalajara; y Decretos 23021/LVIII/09, 25400/LX/15, 27236/LXII/19 y 28758/LXIII/22, publicados en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”, los días 26 de diciembre del 2009, 22 de agosto del 2015, 16 de febrero del 2019 y 21 de abril del 2022 respectivamente, así como el Convenio de Coordinación Metropolitana del Área Metropolitana de Guadalajara, de fecha 14 de febrero del 2014 y su adenda de fecha 15 de octubre del 2015. Por lo anterior, el órgano colegiado de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza del Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, tiene a bien emitir la siguiente:
 
Convocatoria
        
Mediante la cual, se invita a todas las ciudadanas y ciudadanos, organizaciones vecinales, civiles, profesionales y académicas asentadas en el Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, a participar en el proceso de elección de una Concejera Ciudadana titular, una Concejera Ciudadana suplente, un Concejero Ciudadano titular y un Concejero Ciudadano suplente, para integrar el Consejo Ciudadano Metropolitano, para el Periodo 2022 – 2024, bajo las siguientes:
 
De las bases
 
Primera.- Del consejo ciudadano metropolitano
 
El Consejo Ciudadano Metropolitano es un órgano consultivo intermunicipal de participación ciudadana y carácter honorífico, que tendrá sede en las instalaciones del Instituto Metropolitano de Planeación y se integra por ciudadanas y ciudadanos representantes de las asociaciones vecinales, organizaciones civiles, profesionales y académicas asentadas en el Área Metropolitana de Guadalajara.
 
Dicho Consejo tiene por objetivo participar y realizar el seguimiento, evaluar asuntos en materias metropolitanas, así como elaborar, emitir, recibir, discutir, organizar y canalizar propuestas desde la sociedad civil, según lo establecido en la Ley de Coordinación Metropolitana del Estado de Jalisco, el Código Urbano para el Estado de Jalisco, el Estatuto Orgánico de las Instancias de Coordinación Metropolitana del Área Metropolitana de Guadalajara, los convenios de coordinación y asociación, sus reglamentos internos, manuales administrativos y lineamientos vigentes, y otras disposiciones aplicables.
 
El Consejo Ciudadano Metropolitano será integrando una Concejera Ciudadana titular, una Concejera Ciudadana suplente, un Concejero Ciudadano titular y un Concejero Ciudadano suplente, de cada uno de los municipios que conforman el Área Metropolitana de Guadalajara, quienes ejercerán el cargo por hasta dos años, sin posibilidad de ser reelectos para el período inmediato posterior.
 
La Junta de Coordinación Metropolitana, con apoyo del Consejo Ciudadano Metropolitano, buscará y definirá el mecanismo para asegurar la continuidad y el seguimiento de los trabajos de esta instancia, con la intención de fomentar la trasferencia de conocimientos y experiencias de la actual generación a la siguiente.
 
Segunda.- De los requisitos
 
Las ciudadanas y los ciudadanos representantes de los organismos sociales, organizaciones vecinales, civiles, profesionales y académicas interesadas e interesados en participar en la presente convocatoria, deberán de cumplir con los siguientes requisitos:
 

1.- Ser ciudadana o ciudadano mexicano en pleno uso de sus derechos civiles y políticos; para lo cual deberá de presentar la Clave Única de Registro de Población (CURP) y una copia simple del acta de nacimiento, o cualesquier otro documento que acredite su identidad;

 

2.- Presentar una copia simple de alguna identificación oficial vigente con fotografía;

 

3.- Ser una persona avecindada en el Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, con una residencia mínima de tres años; para lo cual deberá de presentar un comprobante de servicios (luz, agua y/o teléfono), o bien, cuando no se cuente con alguno de los anteriores, presentar una carta de residencia o constancia de domicilio, expedida por el Gobierno Municipal de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco;

 

4.- Tener una reconocida solvencia moral y ser propuesta o propuesto por un organismo social  y/o vecinal, reconocido e inscrito en el Registro Municipal de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco. Para acreditar su inscripción y/o reconocimiento por parte del Municipio, deberá de anexarse original y copia para su cotejo de la constancia registral en la que se compruebe dicho registro;

 

En caso de que la propuesta provenga de una organización civil o una institución académica, se deberá de presentar una carta original y copia mediante la cual hacen su postulación. Cabe destacar que, dicha carta debe de ir debidamente firmada por la o el representante legal o aquella persona que tenga facultades dentro de la organización social y/o vecinal para dichos efectos; así como documentos que acredite que la o el postulante forma parte de la misma;

 

5.- Presentar el formato de carta compromiso, cuyo objetivo es mantener una participación permanente, activa y constante en las sesiones de trabajo, llámense ordinarias o extraordinarias de las Comisiones y, en general, en las actividades propias del cargo de Concejera y Concejero, conduciéndose en todo momento con respeto a los derechos humanos y a las normatividades, en donde se incluirán los tiempos aproximados requeridos para su participación activa;

 

6.- Presentar el formato de manifestación bajo protesta de decir verdad, en donde la o el postulante señale no estar dentro de ninguno de los supuestos de incompatibilidad;

 

7.- Presentar un Currículum Vitae, en el que se incluirán los trabajos y participaciones que se hayan tenido en alguno de los organismos sociales, organizaciones vecinales, civiles, profesionales y/o académicas;

 

8.- Presentar un escrito mediante el cual la persona que se postula, exponga su desempeño y/o conocimiento en los siguientes rubros:

 

En tareas sociales, profesionales, académicas, empresariales o culturales;

Actividades que denoten participación ciudadana;

Compromiso en asuntos sociales y comunitarios;

Coordinación metropolitana;

Servicios y funciones públicas municipales;

Planeación urbana;

Derechos humanos;

Medio ambiente; o

Cualquier disciplina que implique una aportación a la política metropolitana.
 

9.- Presentar un escrito libre en donde la o el postulante mencione las razones por las cuales quiere ser parte del Consejo Ciudadano Metropolitano; y

 

10.- Presentar el formato de registro debidamente llenado, mismo formato que estará disponible en las instalaciones que ocupan las siguientes áreas del Gobierno Municipal:

Oficina de la Coordinación General de Construcción de Comunidad, la cual se encuentra en el piso 3 del Centro Administrativo de Tlajomulco (CAT), ubicado en la Calle Higuera, número 70, en la Cabecera Municipal de Tlajomulco de Zúñiga;

Oficina de la Dirección General de Participación Ciudadana, la cual se encuentra en la planta baja, del Centro Administrativo Tlajomulco II (Mini CAT), ubicado en la Calle Higuera, número 145, en la Cabecera Municipal de Tlajomulco de Zúñiga;

Oficina de la Dirección de Agencias y Delegaciones, la cual se encuentra en la calle Juárez, número 47, en la Cabecera Municipal de Tlajomulco de Zúñiga; y

Sitio web oficial el Gobierno Municipal www.tlajomulco.gob.mx

Toda la información y documentación debe de sujetarse en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Jalisco y sus Municipios, y homólogas en materia de Protección de Datos Personales.  

 
Tercera.- De la incompatitbilidad
 
No podrán ser electas o electos para integrar el Consejo quienes se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:
 

1 - Ser servidora o servidor público, funcionaria o funcionario público de cualquiera de los niveles de gobierno en funciones;

2 - Ser ministro de algún culto religioso;

3 - Ser integrante de las fuerzas armadas o corporaciones de policía de cualquiera de los tres niveles de gobierno;

4 - Ser integrante de la dirigencia federal, estatal o municipal de los partidos políticos o agrupaciones políticas;

5 - Haber participado como candidata o candidato a algún puesto de elección popular en los tres años previos a la designación;

6 - Haber ocupado un cargo de dirección partidista en los tres años previos a la designación; y

7 - Haber sido servidora o servidor público de confianza en los alguno poderes, organismos constitucionales autónomos o cualesquier otro órgano público o dependencia, en cualquiera de los tres niveles de gobierno, a menos que se hubiere separado de sus funciones con al menos un año de anticipación al día de la designación.

 
 
Cuarta.- de la entrega de propuestas
  1. Las propuestas de candidatas y candidatos que deseen participar en la inscripción del proceso, deberán de entregar sus postulaciones con la documentación completa en la Coordinación General de Construcción de Comunidad, la cual se encuentra ubicada en el piso 3 del Centro Administrativo de Tlajomulco (CAT), ubicado en la Calle Higuera, número 70, en la Cabecera Municipal de Tlajomulco de Zúñiga, en un horario de las 09:00 a las 15:00 horas, de lunes a viernes (únicamente los días en que dure vigente la convocatoria). La Coordinación General de Construcción de Comunidad, una vez recibida la documentación, ésta le expedirá un comprobante (acuse).  
 
Quinta.- de la vigencia
 
La convocatoria estará vigente del día viernes 01 (primero) de julio del año 2022 (dos mil veintidós), hasta el día viernes 29 (veintinueve) de julio del año 2022 (dos mil veintidós).
                                                                                
Sexta.- de la evaluación de candidaturas y selección de concejeras y concejeros
  1. La Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza, en sesión que se llevará a cabo a más tardar el día 03 (tres) de agosto del año 2022 (dos mil veintidós), fungirá como evaluadora de las candidaturas que se hubieran recibido, con el objetivo de determinar su elegibilidad conforme a la presente convocatoria, en la que deberán de estar presentes integrantes del Consejo Ciudadano Metropolitano, con la finalidad de que sean interventoras e interventores del proceso.
     
  2. Si la presidencia de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza advierte que alguna o algunas de las postulaciones no cumplen con todos los requisitos que se establecen en esta convocatoria, se tendrán por no presentadas dichas propuestas y en consecuencia inelegibles.
     
  3. Una vez evaluadas las candidaturas en los términos del punto inmediato anterior, de entre aquellas que cumplan con todos los requisitos señalados en la presente convocatoria, se elegirán a las Concejeras Ciudadanas y a los Concejeros Ciudadanos, comenzando por la o el titular y continuando con su respectivo suplente.
     
  4. El resultado del proceso de selección será inapelable.
     
  5. La Comisión Edilicia de  Participación Ciudadana y Gobernanza declarará desierta la convocatoria en caso de no existir candidaturas elegibles. En este supuesto la Comisión lanzará una nueva convocatoria, en los mismos términos de la presente, y con un plazo de duración de hasta 05 (cinco) días hábiles.
     
  6. En el caso de que las candidatas y los candidatos  elegibles fueran en un número menor a cuatro, se procederá a la selección y los faltantes se cubrirán mediante una segunda convocatoria cumpliendo los requerimientos del numeral inmediato anterior.
     
  7. Una vez designada la totalidad de integrantes, la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza suscribirá una iniciativa donde consten dichas designaciones, debiéndose de presentar a la Secretaría General del Ayuntamiento para que sea tomada en consideración en el orden del día de la sesión de Ayuntamiento inmediata.
     
  8. Las situaciones no previstas en la presente convocatoria serán resueltas por la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza.
     
  9. Los tiempos establecidos en el presente, pueden ser modificables conforme a las necesidades.
     
Séptima. de la notificación
 
  1. El punto de acuerdo que se derive de la iniciativa, por conducto de la Secretaría General del Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, deberá de ser enviado a la brevedad posible a la Junta de Coordinación Metropolitana, así como al Consejo Ciudadano Metropolitano, teniendo como fecha límite el día 19 (diecinueve) de agosto del 2022 (dos mil veintidós). 
     
  2. Por su parte, la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza, por conducto de su Presidencia, notificará a la Concejera Ciudadana titular, a la Concejera Ciudadana suplente, al Concejero Ciudadano titular y al Concejero Ciudadano suplente que resulten seleccionados. Para ello, tiene como fecha límite el día 19 (diecinueve) de agosto del 2022 (dos mil veintidós).
     
  3. Por último, por conducto de la Presidencia de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza se les notificará a las personas participantes sobre los resultados de la selección, debiéndose de hacer mediante los estrados del Ayuntamiento de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco o mediante correo electrónico.

A T E N T A M E N T E

COMISIÓN EDILICIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y GOBERNANZA DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO, PARA EL PERIODO 2021-2024.
 
 
REGIDOR JOSE GABRIEL VELAZQUEZ CHAVEZ.
Presidente de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza.
 
 
REGIDORA AMOR ISABEL PÉREZ Y PÉREZ.
Vocal de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza.
 
 
REGIDORA LIZBETH SANTILLAN REGALADO.
Vocal de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza.
 
 
REGIDORA AMOR ISABEL PÉREZ Y PÉREZ.
Vocal de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza.
 
 
REGIDORA ADELA GARCÍA DE LA PAZ.
Vocal de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza.
 
 
REGIDORA MARCELA MICHEL LOPEZ.
Vocal de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza.
 
 
REGIDORA MARÍA DE LOURDES BARRERA RAZO.
Vocal de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza.
 
 
REGIDOR ISMAEL ESPANTA TEJEDA.
Vocal de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Gobernanza.

 

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