Convocatoria para conformar el Consejo Municipal de Igualdad Sustantiva y la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres de Tlajomulco

Convocatoria para conformar el Consejo Municipal de Igualdad Sustantiva y la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres de Tlajomulco

EL GOBIERNO MUNICIPAL DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO
 
En cumplimiento con los artículos 32, 35, 36 y 37 del Reglamento para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco; y con fundamento en los numerales 325, 326, 328, 329, 330, 331, 336 y 339 del Reglamento de Participación Ciudadana para la Gobernanza del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco,
 
CONVOCAN
 
A la población en general, vecinos del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, a participar en la conformación del CONSEJO MUNICIPAL DE IGUALDAD SUSTANTIVA Y LA PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO, Convocatoria que se sujeta a las siguientes:
 
Bases
 
Primera.- La conformación del Consejo Municipal de Igualdad Sustantiva y la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres (el Consejo), tiene la funcion de deliberación, coordinación, consulta, propuesta y vigilancia de las políticas públicas y acciones del Gobierno Municipal en materia de Igualdad Sustantiva, prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres que funge como espacio de vinculación entre el Municipio y la sociedad.
 
Para lo cual se dispone de 9 nueve Consejerías, mismas que se clasificarán en A y B y serán distribuidas de la siguiente manera:
 
  • 5 Consejerías para las y los habitantes del Municipio.
  • 3 Consejerías para las Instituciones de Educación
  • 1 Consejería para la Organización Civil social.
 
Las consejerías tipo A serán renovadas en el mes de julio del año 2023.
Las consejerías tipo B serán renovadas en el mes de julio del año 2025.
 
En el supuesto de no renovarse las consejerías en el tiempo establecido, seguirán en funciones hasta que se realice el procedimiento de renovación correspondiente.
 
 
Requisitos y documentación
 
Segunda.- Las y los interesados en formar parte del Consejo deberán reunir los siguientes requisitos:
 
  • Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
     
  • Ser vecino del municipio con una antigüedad mínima de un año (para las consejerías de los habitantes del Municipio);
     
  • Preferentemente saber leer y escribir; y
     
  • Comprometerse con el tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones del Consejo.
 
Tercera.- Las y los interesados en formar parte del Consejo deberán presentar los siguientes documentos:
 
  • La solicitud de registro, debidamente llenada y firmada.
     
  • Copia simple por ambos lados de identificación oficial vigente (INE o IFE, pasaporte o cualquier documento oficial con fotografía).
     
  • Carta de exposición de motivos debidamente firmada, no mayor a una cuartilla, donde explique las razones de la o el interesado para ser parte del Consejo, y donde se comprometa a tener la disposición del tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones como Consejera o Consejero del Consejo Municipal de Igualdad Sustantiva y la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres.
     
  • Copia simple de comprobante de domicilio no mayor a 3 tres meses o, en su caso, constancia de residencia expedida por la Secretaría General del Ayuntamiento de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, donde se asiente la residencia por más de 1 un año. (para las consejerías de los habitantes del Municipio)
     
  • Currículum vitae.
     
  • El formato de solicitud de registro estará a disposición de los interesados en la oficina de la Coordinación General de Construcción de Comunidad del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, situada en calle Higuera #70, en el tercer piso del Centro Administrativo Tlajomulco (CAT), en la Cabecera Municipal de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.
     
  • Los documentos originales servirán para cotejar las copias simples exhibidas y serán devueltos al aspirante inmediatamente.
 
 
Periodo y lugar de recepción de propuestas
 
Cuarta.- La presente Convocatoria estará abierta 20 días hábiles a partir del momento de su publicación en la Gaceta Municipal de Tlajomulco.
 
Quinta.- Las y los aspirantes deberán presentar su solicitud de registro, acompañada de la documentación indicada en la base tercera de la presente convocatoria, en las oficinas de la Coordinación General de Construcción de Comunidad del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, en un horario de 9:00 nueve a 15:00 quince horas.
 
Sexta.- Cualquier postulación o documentación presentada fuera del plazo, horario y lugar señalados en la presente Convocatoria no será admitida y, por ende, no se podrá participar en el presente ejercicio.
 
Difusión
 
Séptima.- La presente Convocatoria se publicará en:
 
  • El portal de internet del Gobierno Municipal de Tlajomulco de Zúñiga: www.tlajomulco.gob.mx.
  • El portal de internet del Instituto Municipal de la Mujer Tlajomulquense.
  • Los estrados del Centro Administrativo Tlajomulco (CAT).
  • Los estrados de la oficina de la Dirección de Participación Ciudadana.
 
Procedimiento
 
Octava.- El proceso de selección e insaculación de los integrantes del Consejo se realizará de la siguiente manera:
 
  • Cerrado el plazo de registro establecido en la convocatoria, el o la titular de la Coordinación General de Construcción de Comunidad dará cuenta al Consejo Municipal de Participación Ciudadana de los aspirantes que hayan entregado su documentación completa y declarará improcedentes las postulaciones que resulten inelegibles.
     
  • Una vez recibidos los expedientes de las personas que presentaron su solicitud, junto con la documentación respectiva, el Consejo Municipal de Participación Ciudadana procederá a realizar la elección de los consejeros mediante el proceso de insaculación y posteriormente emitirá un acuerdo donde se señale quienes resultaron seleccionados.
     
  • El Consejo Municipal de Participación Ciudadana de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco. Será el responsable de realizar las gestiones conducentes para lograr la efectiva designación de las y los Consejeros y procurará, de ser posible:
     
  • Paridad de género; y
  • Cubrir las zonas del Municipio;
     
  • Para la Instalación del Consejo se estará a lo dispuesto en el artículo 339 y 340 del Reglamento de Participación Ciudadana para la Gobernanza del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.
     
  • El o la titular de la Coordinación General de Construcción de Comunidad propondrá a la o el Consejero que ocupará el cargo de Presidente de entre las y los ciudadanos que resultaron electos.
     
  • Los consejeros propietarios podrán postularse para el periodo inmediato siguiente en las mismas condiciones que el resto de los ciudadanos.
 
 
Novena.- En lo no previsto en la presente Convocatoria se estará a lo que acuerde el Consejo Municipal de Participación Ciudadana.
 
 
 
A T E N T A M E N T E
Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco; a fecha de su publicación.
 
 
 
 
ING. SALVADOR ZAMORA ZAMORA
PRESIDENTE MUNICIPAL

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