EL GOBIERNO MUNICIPAL DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO ATRAVÉS DE
LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA DE LA PAZ Y CORRESPONSABILIDAD
Emite la siguiente
C O N V O C A T O R I A:
Este Programa está dirigido a todas las personas que habitan en el territorio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.
A) Personas mayores de 18 años desempleadas o que su ingreso familiar no le alcance a cubrir sus necesidades básicas.
B) Personas Físicas mayores de edad titulares de los comercios locales que ofrezcan productos esenciales, que no participen en cadenas comerciales, ni que exploten su establecimiento bajo el modelo de franquicia.
C) Micro, pequeñas y medianas empresas que pretendan fortalecer sus negocios, a través de un crédito.
Considerando
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 4º, 25 y 26, apartado A, 41 Base III, Apartado C, párrafo 2, 109, fracción III y 115, fracción II, 134, párrafos primero, quinto, sexto, octavo y noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; artículos 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, fracciones I y V, 17, 19
fracciones V, VI y VIII, 28, 33, 34, 42, 45, fracciones VI, VII y IX, y 61 de la Ley General de Desarrollo Social; artículos 2º, 4o 15, fracciones VI y X, 73 y 86 de la Constitución Política del
Estado de Jalisco; artículo 2, de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; artículos 2, 5, 6, 7, fracciones III, IV, XI, 8, 9, 11, 11 Bis, 12, 15, fracciones I,
VIII, IX y XI, 16, fracciones I, II, III y VI, 17, 21, 22, 24, 27 Bis, 28, 29, 32, 33 segundo párrafo, 34,35, 36, 38, fracciones ll, III, IV y V, 52, fracción IV, 52 Bis, 52 Ter, 52 Quárter, 54 y 55 de la Ley de
Desarrollo Social para el Estado de Jalisco; 5, fracción VII, 11, 15, 16, 44, 55, 75 y 88 de la Ley de Planeación Participativa para el Estado de Jalisco y sus Municipios; artículos 1, 5, 6, 25, 26, 37, fracciones I, II y III, 38, 39, 40, fracciones XI, XIX, XXII y XXIX, 71, fracciones I, II, IV, V, IX, X, XII, XIII 97,98, 100, y 101 del Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco; así como las Líneas de Acción LA21.1.1, LA23.1.1, LA23.1.2 del Objetivo específico 0E3.2 del Programa Marco de Implementación “Disminuir la Arbitrariedad en la Gestión Pública” de la Política Estatal Anticorrupción de Jalisco.
Objetivos
Promover la economía solidaria de la población compensando los ingresos a las personas que perdieron sus empleos o sufrieron una disminución en sus ingresos, así como el aumento de ventas de los comercios minoristas y la mejora de los espacios públicos, a través de estrategias de corresponsabilidad social que permitan compensar los efectos económicos y sociales post pandemia COVID-19.
Características del Apoyo a Brigadistas
El apoyo al Brigadista se entregará como resultado de acciones que realice en favor de la comunidad, se entregarán en forma de un Tlajovale, que tendrán un valor equivalente a los $500.00 (Quinientos Pesos 00/100 Moneda Nacional).
El Tlajovale deberá ser canjeado en los Comercios Locales autorizados por el Programa por productos alimentarios o de necesidad básica para cada uno de los beneficiarios Brigadistas, como productos de limpieza, alimentos, agua, entre otros.
El vale no podrá canjearse por comida chatarra, bebidas que contengan alcohol o cigarros.
Apoyo a Comercios Locales
Las y los titulares de las licencias de giro del Comercio Local serán los beneficiarios del apoyo consistente en la cantidad de $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 moneda nacional), que recibirán vía depósito bancario al ser seleccionados como personas beneficiarias del Programa, dicha cantidad será destinada únicamente para proveer productos para ser canjeables por las y los Brigadistas.
En caso de que las y los beneficiarios de Comercios Locales cumplan con todas las formalidades descritas en la presentes Reglas de Operación, podrán seguir siendo tomados en cuenta por el Programa, para canjear vales hasta por otros $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 moneda nacional), esto en el supuesto de que la Dirección General de Cultura de la Paz y Corresponsabilidad generé nuevas convocatorias de apoyo a Brigadistas en las localidades o colonias donde se encuentre el Comercio Local.
En las convocatorias posteriores podrán recibir apoyos hasta por $40,000.00 (Cuarenta mil pesos 00/100 moneda nacional), quienes ya participaron en una primer convocatoria podrán acceder a los apoyos hasta por $40,000.00 (Cuarenta mil pesos 00/100 moneda nacional).
Bases
El periodo de registro se realizará en las fechas que estipule la Dirección General de Cultura de la Paz y Corresponsabilidad a cargo conforme las necesidades propias del programa, estableciendo así, un horario comprendido entre las 09:00 y las 15:00 horas.
A) Para solicitantes en modalidad de Brigadista
1 - Persona física, mayor a 18 años.
2 - Residente del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.
3 - Personas que necesiten mejorar sus condiciones económicas, así como la voluntad de mejorar el entorno de su comunidad.
B) Para solicitantes en modalidad de Comercios Locales son los siguientes
1 - Ser titular de un comercio local formalmente establecido que provea productos esenciales, ubicado dentro del territorio del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.
2 - Que el comercio no forme parte de una cadena comercial, ni explote su establecimiento bajo el modelo de franquicia.
Requisitos para Registrarse al Programa
A) Para solicitantes en modalidad de Brigadista, se podrán seleccionar hasta 9,960 personas como beneficiarias:
1. Se dará prioridad a personas que tengan a su cargo menores de edad o con alguna discapacidad, víctimas indirectas de feminicidio, así como las mujeres jefas de familia.
2. Se dará prioridad a desempleados sobre quienes tengan un ingreso de menor al de 2 salarios mínimos generales diarios.
3. En igualdad de circunstancias se otorgarán conforme al orden en que ingresaron sus solicitudes con los requisitos completos.
B) Para solicitantes en modalidad de Comercio Local, se podrá seleccionar hasta 184 personas como beneficiarias:
1 - Se dará prioridad a personas que tengan a su cargo menores de edad o con alguna discapacidad severa, personas con discapacidad, víctimas indirectas de feminicidio y mujeres jefas de familia.
2 - Tendrán prioridad los Comercios Locales que sean fuente de ingresos para la familia de la o el titular de la licencia de giro.
3 - Son prioritarios los Comercios Locales que tengan empleados formales sobre los que no los tengan.
4 - En igualdad de circunstancias se otorgarán conforme al orden en que ingresaron sus solicitudes con los requisitos completos.
Los criterios de selección se aplicarán sin dar lugar a cualquier tipo de discriminación.
Requisitos de Inscripción
Para la modalidad de Brigadista, las personas interesadas deberán presentar:
1 - Formato de solicitud oficial de brigadista debidamente llenado y firmado.
2 - Copia de la identificación oficial vigente con fotografía.
3 - En caso de que la identificación oficial no cuente con domicilio dentro del Municipio, se deberá entregar copia de un comprobante de domicilio con no más de 3 meses de haber sido expedido, que compruebe que la o el solicitante reside en el Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.
Para la modalidad de Comercios Locales, las personas interesadas deberán presentar:
1 - Formato de registro oficial debidamente llenado y firmado en las modalidades establecidas en la convocatoria.
2 - Copia de la identificación oficial vigente con fotografía.
3 - Copia de la licencia municipal vigente de giro de tienda de abarrotes, bodega de alimentos, carnicería, frutas y verduras, mercado, panadería, pescadería, cremería, pollería, minisúper, tortillería o similares, del Comercio Local que participará en el Programa.
4 - Cuenta bancaria expedida por una institución bancaria que contenga la clave interbancaria para la transferencia a la o el titular de la licencia de giro, o bien, al familiar que designe.
5 - En su caso, copia del acta de matrimonio o nacimiento en el que se acredite el parentesco como cónyuge, ascendiente o desentiende en primer grado con la o el titular de la licencia de giro de Comercio Local.
6 - En su caso, copia de una identificación oficial con fotografía vigente del familiar designado por la o el titular de la licencia de giro del Comercio Local parentesco como cónyuge, ascendiente o descendente en primer grado. Los requisitos para que el apoyo se pueda transferir a una o un familiar, solo serán recibidos para su integración al Programa cuando la o el titular de la licencia de giro esté imposibilitado para abrir una cuenta a su nombre. Si los comercios participantes en la primera convocatoria del Programa se encuentran interesados en participar en la segunda convocatoria, lo podrán hacer sin necesidad de cubrir los requisitos para una segunda inscripción solo cumpliendo con la comprobación de la primera etapa.
Más informes y contacto:
Los asuntos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos con base a las Reglas de Operación del presente programa.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
Atentamente
Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco a 06 de septiembre del 2023
ING. SALVADOR ZAMORA ZAMORA
PRESIDENTE MUNICIPAL DE TLAJOMULCO DE ZÚNIGA, JALISCO
Convocatoria Chamba Para Todos by Gobierno de Tlajomulco de Zúñiga on Scribd